Ámbito de aplicación de la producción ecológica
En producción ecológica resulta importante conocer que el ÁMBITO DE APLICACIÓN del Reglamento (CE) nº 834/2007 ocupa a todas las etapas de producción, preparación y distribución,
Resulta importante conocer que el ÁMBITO DE APLICACIÓN del Reglamento (CE) nº 834/2007 ocupa a todas las etapas de producción, preparación y distribución, desde la producción primaria de un producto ecológico hasta su almacenamiento, transformación, transporte, venta y suministro al consumidor final, en los controles y en el uso de indicaciones en el etiquetado y la publicidad que hagan referencia a la producción ecológica y se aplican a los siguientes productos;
productos agrarios vivos no transformados. (vegetales y animales)
productos agrarios transformados destinados a ser utilizados para alimentación humana.
piensos.
material de reproducción vegetativa y semillas para cultivo.
levaduras destinadas al consumo humano.
Acuicultura.
No se consideran producción ecológica las actividades de restauración colectiva ni los productos de la caza y de la pesca de animales salvajes por lo que no es de aplicación en dichas actividades la reglamentación de producción ecológica.
Para garantizar el cumplimiento de la normativa de producción ecológica, el Reglamento establece un modelo de SISTEMA DE CONTROL sobre las actividades realizadas por los operadores en todas las fases de producción, preparación y distribución de productos ecológicos, de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales y el cumplimiento de la trazabilidad dispuesta en el artículo 18 del Reglamento (CE) Nº 178/2002 para que cada producto, en todas las fases de producción, preparación y distribución, garantice, en particular a los consumidores, que los productos ecológicos han sido producidos de conformidad con los requisitos establecidos del Reglamento (CE) nº 834/2007.
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