Abierto el plazo de presentación de solicitudes, del 22 de junio al 21 de julio 2011, para la Subvenciones a la certificación de producción ecológica de agricultores y ganaderos en AndalucÃa. España
El 21 de junio de 2011 se ha publicado la ORDEN de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de AndalucÃa 2007-2013, y se efectúa convocatoria para el año 2011.
Â
Se ha publicado el 21 de junio de 2011, la ORDEN de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de AndalucÃa 2007-2013, y se efectúa convocatoria para el año 2011.
¿A quién va dirigida esta ayuda?
 Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas contemplada sen la presente Orden los titulares de explotaciones agrÃcolas y ganaderas ecológicas ubicadas en AndalucÃa, involucrados en actividades comerciales, ya sean personas fÃsicas o jurÃdicas privadas.
Las personas beneficiarias deberán estar inscritas en un organismo de control autorizado por la ConsejerÃa de Agricultura y Pesca de la Junta de AndalucÃa para la producción ecológica, asà como en el Sistema Integrado de la Producción Ecológica de AndalucÃa (en adelante SIPEA).
No obstante, podrán ser personas beneficiarias de la ayuda, únicamente por los conceptos descritos en el artÃculo 5.1.a) y c) de la presente Orden, las personas descritas en el apartado 1 que, aun no encontrándose inscritos en un organismo de control a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, tengan previsto hacerlo antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.
¿Quienes están excluidos de la ayuda?
 Las agrupaciones de personas fÃsicas o jurÃdicas privadas sin personalidad jurÃdica.
Las empresas del sector de la transformación y comercialización de los productos agrarios.
Las producciones no destinadas, directa o indirectamente, al consumo humano alimentario.
Los operadores cuyas explotaciones se encuentren inactivas o que tengan suspendida o retirada la certificación en el momento de la solicitud o de la resolución de concesión.
¿Qué se subvenciona?
Serán subvencionables los costes fijos, satisfechos por los productores a los organismos de control autorizados, ocasionados por la participación en el programa de calidad de la producción ecológica.
Se entenderá por costes fijos:
Los derivados de la inscripción inicial en el organismo de control.
La cuota anual de renovación.
Los costes de la visita anual obligatoria, en caso de que no se encuentren incluidos en la cuota anual.
¿Qué no se subvenciona?
Los costes procedentes de visitas extraordinarias y tomas de muestras adicionales.
Los gastos de certificación realizados antes de la fecha de presentación de la solicitud.
No será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
¿Cómo se puede solicitar?
 1.- Las solicitudes se presentarán preferentemente a través de los organismos de control de producción ecológica autorizados en AndalucÃa las entidades reconocidas, que actuarán durante toda la tramitación del procedimiento como representantes de los solicitantes, en los términos establecidos en el artÃculo 32 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre. En este caso, las solicitudes serán cumplimentadas en la aplicación informática suministrada por la ConsejerÃa denAgricultura y Pesca y enviadas telemáticamente por la entidad reconocida.
2.- A través de la página web de la ConsejerÃa de Agricultura y Pesca en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal
 3.- En la  ConsejerÃa de Agricultura y Pesca y sus Delegaciones Provinciales.
|















