Producción Vegetal Ecológica
Además de los anteriormente citados, LA PRODUCCIÓN VEGETAL ecológica cumplirá las siguientes normas de producción detalladas en el Reglamento (CE) nº 834/2007:
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Los métodos empleados en el diseño y la gestión de cultivos ecológicos se basarán en el empleo de los recursos naturales propios del sistema mediante:
Tener en cuenta el equilibrio ecológico local y regional al adoptar las decisiones sobre producción
Utilizar organismos vivos y métodos de producción mecánicos.
Mantenimiento de la salud de los vegetales mediante medidas preventivas como;Â
La elección de especies y variedades apropiadas que resistan a los parásitos y a las enfermedades
La protección de los enemigos naturales de las plagas
Sustancias naturales o derivadas de sustancias naturales
Técnicas de cultivo
Rotación de cultivos
Procesos térmicos
Las prácticas de labranza y técnicas de cultivo
Mantener o incrementen la materia orgánica del suelo
La estabilidad y la biodiversidad del suelo
Prevención de la erosión
Prevención y el combate de la compactación
En caso de que se haya constatado la existencia de una amenaza para una cosecha, solo podrán utilizarse productos fitosanitarios que hayan sido autorizados para su utilización en la producción ecológica que listados en el anexo II del Reglamento (CE) 889/2007.
La fertilidad y la actividad biológica deberán ser mantenidas o incrementadas mediante :
La nutrición será a través del ecosistema edáfico en lugar de mediante fertilizantes solubles añadidos al suelo
No se utilizarán fertilizantes minerales nitrogenados
Rotación plurianual de cultivos que comprenda las leguminosas y otros cultivos de abonos verdes
Empleo de recursos renovables y de medios de producción propios de la explotación o de sistemas agrÃcolas locales
Reciclar los residuos orgánicos y los subproductos de origen vegetal y animal mediante la reposición de nutrientes fertilizantes minerales de baja solubilidad
Reducción al mÃnimo del uso de recursos no renovables y de medios de producción ajenos a la explotación;
Aplicación de estiércol animal o materia orgánica, ambos de preferencia compostados, de producción ecológica
Los fertilizantes, los acondicionadores del suelo y los productos fitosanitarios deben utilizarse únicamente si son compatibles con los objetivos y principios de la producción ecológica.
Empleo de semillas y materiales de reproducción producidos ecológicamente; el parental femenino en el caso de las semillas y el parental en el caso del material de reproducción vegetativa deberán haberse producido de conformidad con las normas establecidas en el presente Reglamento durante al menos una generación o, en el caso de los cultivos perennes, dos temporadas de vegetación.)
No podrán utilizarse OMG ni productos obtenidos a partir de o mediante OMG como; productos fitosanitarios, abonos, acondicionadores del suelo, semillas, material de reproducción vegetativa, microorganismos.
Se marcará un umbral máximo del 0.9% en el etiquetado exclusivamente para la presencia accidental y técnicamente inevitable de OMG.
Toda la explotación agrÃcola se gestionará de acuerdo con los requisitos aplicables a la producción ecológica. Por lo que respecta a las plantas, deberá haber distintas variedades que puedan diferenciarse fácilmente. El agricultor mantendrá la tierra, los animales y los productos que se utilicen para la producción ecológica o se produzcan en las unidades ecológicas separados de aquellos que se utilicen o produzcan en las unidades no ecológicas, y mantendrá un registro documental adecuado que demuestre dicha separación.
Está permitido el uso de preparados biodinámicós
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